El presidente de la República, Pedro Castillo, promulgó la Ley que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia, lo que permitirá que esta actividad, que genera un gran movimiento económico, ahora también pague impuestos.
La ceremonia de promulgación de la norma se efectuó en Palacio de Gobierno y contó con la presencia de los ministros de Comercio Exterior y Turismo, Roberto Sánchez; de Salud, Jorge López; de Educación, Rosendo Serna; y de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Diana Miloslavich.
También participaron los congresistas María Agüero, Segundo Montalvo, Alex Paredes, Francis Paredes y Pasión Dávila; el vicepresidente de la Cámara Nacional de Turismo (Canatur), José Koechlin Von Stein; el secretario general del Colegio de Psicólogos del Perú, Fernando Ibáñez; el director general del Instituto Nacional De Salud Mental – Honorio Delgado – Hideyo Noguchi, Orlando Cruz; y el presidente del Instituto Peruano de Deportes, Máximo Pérez; entre otros invitados.
El jefe de Estado afirmó que esta autógrafa fue posible gracias al trabajo coordinado entre el Gobierno y el Congreso de la República. “La aprobación de esta norma es un claro ejemplo que cuando el Ejecutivo y el Legislativo trabajamos de la mano, cuando ponemos por delante los intereses del país, cuando priorizamos la agenda que la población necesita, en esa línea, podemos impulsar el crecimiento, el desarrollo en beneficio de toda la ciudadanía. Ese es el encargo que nos ha dado el pueblo peruano y en esa línea debemos seguir cumpliendo hasta el 2026, con el mandato de este país”, aseveró.
Destacó, además, que con esta ley se va a beneficiar al Perú. De un lado, permitirá al Estado tener más recursos para cumplir sus obligaciones en materia económica y social, lo que redundará en mejores condiciones de vida para la población. De otro lado, porque representa un paso importante hacia la formalización de actividades que hasta hoy funcionaban sin regulación ni fiscalización.
“Convocamos a las empresas peruanas y extranjeras a invertir responsablemente, a registrarse en el Perú y pagar los impuestos que correspondan”, sostuvo el mandatario.
La nueva ley
El Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley sobre los juegos y apuestas deportivas a distancia, al que se sumaron textos de otros proyectos presentados por el Legislativo. Finalmente, surgieron dos dictámenes: uno de la Comisión de Economía (que recayó en los Proyectos de Ley 168 y 1923) y otro de la Comisión de Comercio Exterior y Turismo (sobre la base del Proyecto de Ley 2070 presentado por el Ejecutivo, al que se sumó el Proyecto de Ley 2206).
Por consenso, se aprobó un texto sustitutorio sobre la base del Proyecto de Ley 2070 presentado por el Poder Ejecutivo. Posteriormente, pasó a votación y fue aprobada por amplia mayoría por el Congreso de la República.
El titular del Mincetur, Roberto Sánchez, explicó que esta actividad debía ser regulada porque nadie debe generar actividad sin tributar. Además, se debe proteger a los sectores vulnerables de la población mediante controles de acceso de menores de edad y ejecución de políticas de juego responsable. También se debe evitar que la actividad sea empleada para actos de delitos informáticos, fraudes y otros ilícitos.
Los juegos y apuestas deportivas a distancia mueven alrededor de 1,000 millones de dólares, sin rendir ingresos al erario nacional. Por ello, con esta promulgación se podrá recaudar cerca a los 160 millones de soles anuales para ser invertidos en la reactivación del turismo, además en obras de infraestructura pública, promover el deporte y salud mental.
La nueva ley determina que, del 100% recaudado por concepto del impuesto a los juegos, el 40% sea destinado para el desarrollo del turismo, el 20% a la promoción de la salud mental, el 20% al desarrollo del deporte y el 20% al tesoro público.
Autoridad administrativa
La Ley que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia refiere que el Mincetur es la autoridad administrativa a nivel nacional que regula, autoriza, revoca, fiscaliza y sanciona la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.
Con relación a la fiscalización de las plataformas tecnológicas, esta se realizará por accesos físicos y/o lógicos, presenciales o remotos. El texto dicta, igualmente, que se prohíbe la participación en los juegos y apuestas deportivas a distancia de los menores de edad y personas con ludopatía, identificadas a través del Registro de Personas Prohibidas a Acceder a Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas.
En el caso del otorgamiento de licencias de funcionamiento a locales físicos, las municipalidades únicamente podrán otorgar licencias a los titulares de salas de juegos de apuestas deportivas a distancia previa autorización por el Mincetur.
La ley también establece que las salas de juego de apuestas deportivas a distancia no deben encontrarse a menos de ciento cincuenta metros, siguiendo el mínimo recorrido peatonal, de templos o centros de educación en donde se imparta educación básica regular.
A solicitud del Mincetur, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) se encuentra en la obligación de realizar las acciones necesarias para ejecutar los bloqueos de páginas web, direcciones IP, URL y/o aplicaciones informáticas, a través de las cuales se realizan ofertas de juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia provenientes de plataformas tecnológicas no autorizadas.
Del mismo modo, se instituye la constitución de garantías a favor del Estado para cubrir el pago de multas y premios, además, se plantea un impuesto directo aplicado al Ingreso Neto (Net Win) del 12% (mismo porcentaje que la actividad de casino y máquinas tragamonedas), entre otros.
La ley entrará en vigor a los 60 días de la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano del Decreto Supremo que aprueba su Reglamento. Cabe precisar que, mediante Decreto Supremo, el Mincetur reglamentará la Ley en un plazo que no debe exceder de 120 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano.
La ley prohíbe la difusión de publicidad de plataformas tecnológicas de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia y salas de juego de apuestas deportivas a distancia que no se encuentren previamente autorizadas por el Mincetur.
Las sanciones aplicables a las empresas y laboratorios de certificación autorizados que incurran en infracción administrativa son las siguientes: amonestación, multa de una a 200 unidades impositivas tributarias (UIT), cancelación de la autorización administrativa, inhabilitación hasta por 10 años, o inhabilitación permanente.
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?? “Por primera vez, el Perú está creando un impuesto especial al juego por internet y apuestas deportivas de 12%, lo cual va a generar una recaudación anual al Estado de S/ 156 millones”, señaló el presidente Pedro Castillo. https://t.co/dlqkXEa691 pic.twitter.com/YAG4q5l9L0
— Agencia Andina (@Agencia_Andina) August 13, 2022
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